CINTURÓN DE SEGURIDAD EN EL AUTOCAR
El cinturón de seguridad es un elemento obligatorio desde el 20 de octubre de 2007. A día de hoy es posible encontrar autocares que no disponen de este elemento de seguridad (los autocares más antiguos).
Si nos subimos en un autocar o microbús de nuestra empresa “elClaxon” observaremos que todos llevan el correspondiente cinturón de seguridad. No sólo el conductor, sino también el resto de asientos para guía y pasajeros.
Según el Real Decreto 965/2006, el conductor y los pasajeros (acompañante y niños mayores de tres años) llevarán abrochado el cinturón de seguridad durante todo el trayecto.
Esta obligación debe informarse a todos los pasajeros por el conductor del autocar, por el guía o la persona encargada del grupo. No llevar el cinturón de seguridad en el autocar es considerado una infracción grave que tendrá que abonar el propio pasajero. La multa para una persona mayor de edad por no utilizar el cinturón es de máximo 300€ por pasajero.
La prevención es la mejor forma de evitar tener que curar. Aunque que veas que tus compañeros de viaje no se lo abrochan, tú hazlo.
Nuestros autocares “elClaxon” disponen del pictograma azul y blanco indicando el uso obligatorio de este elemento de seguridad. Alquila autocares seguros; contrata confianza.
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